Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHPC)  

En virtud de lo dispuesto por el Ministerio del Interior a través de la resolución N° 48/2020, estableciendo un Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHPC), desde la Secretaría de Producción, Comercio e Industria, se informa que:
• A partir de la puesta en vigencia del mismo, que será el lunes 6 de abril, los permisos emitidos con anterioridad por la Secretaría antes mencionada, dejarán de tener validez.

• El CUHC será personal e intransferible y deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/, a efectos de su presentación a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.

• El falseamiento de datos en la tramitación del “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” dará lugar a la aplicación de las sanciones que resulten pertinentes según la normativa vigente. El Certificado tiene carácter de declaración jurada.

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